Impuesto de sucesiones - Noticias Seguros Decesos

Impuesto de sucesiones

Impuesto de sucesiones

Te explicamos todo lo que debes saber del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Las preguntas más frecuentes y además los enlaces directos a cada comunidad autónoma para obtener toda la información oficial que se aplica en cada caso.

¿Qué es el impuesto de sucesiones?

Es el impuesto que se obliga a pagar para recibir algún bien, herencia o donación de otra persona como heredero o legatario de ella. Este impuesto es el llamado Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).

¿Quién debe pagar este impuesto?

Este impuesto debe ser liquidado por todos los herederos del difunto. Se trata de un impuesto personal, por lo que debería ser el propio heredero quien pague la cuantía pertinente en el plazo estimado.

¿Cuándo se tiene que pagar el impuesto de sucesiones?

El plazo máximo para abonar el importe del impuesto de sucesiones es de 6 meses desde que fallece la persona. No obstante, hay una excepción en la que se puede prorrogar el abono de este impuesto por seis meses más, siempre que se solicite dentro de los cinco primeros meses después del fallecimiento.

¿Cuánto hay que pagar por el impuesto de sucesiones?

El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones es un impuesto progresivo, en el que no hay un porcentaje fijo de carga o importe a abonar, sino que cuanto más se hereda, más se paga. El porcentaje de gravamen general oscila entre el 7,65% y el 34%, además después habría que aplicarlas mencionadas bonificaciones de cada Comunidad Autónoma.

¿Cómo pagar menos por el impuesto de sucesiones?

Si el impuesto de sucesiones a recibir es por la herencia recibida de la casa donde residía el fallecido, esta puede ver los impuestos a pagar reducidos hasta en un 99%, al convertirla en la residencia habitual del heredero. Es decir, si te mudas a esa casa y la conviertes en tu residencia habitual, reduces al mínimo el impuesto de sucesión

¿Qué pasa si no se paga el impuesto de sucesiones?

La falta de presentación e ingreso en plazo de la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones puede llegar a constituir un delito fiscal de defraudación a la Hacienda Pública. Esto ocurrirá cuando la conducta del sujeto pasivo se califique como dolosa y, además, la cuota defraudada exceda de 120.000 euros

¿Qué pasa si no se paga la plusvalía municipal?

En caso de declarar la plusvalía municipal y no abonar la cuota correspondiente, esta sigue siendo exigible, por lo que su cuantía se vería incrementada con recargos de entre el 5% y el 20% e incluso, podrían añadirse intereses de demora

¿Dónde se debe tributar?
En cada comunidad autónoma se aplican unas condiciones diferentes, por lo que se debería tener en cuenta:

  • Si se trata de una donación, será necesario tributar en la comunidad autónoma donde reside quien recibe los bienes, el heredero.
  • Si por el contrario se trata de un fallecimiento (sucesión),independientemente de donde se encuentren los bienes a heredar, la tributación tendrá lugar en el lugar donde residía el fallecido, comunidad autónoma.
  • Otro punto para tener en cuenta seria que, en caso de tratarse de un beneficiario de seguro de vida, al igual que en el fallecimiento se debe tributar en la comunidad autónoma de residencia del difunto. Descubre más sobre los seguros de vida aquí.

A continuación, os dejamos los enlaces directos a la páginas donde puedes encontrar toda la información del impuesto de sucesiones de cada comunidad autónoma, pincha en cada una de ellas para acceder:

  1. Andalucía
  2. Aragón
  3. Principado de Asturias
  4. Baleares
  5. Canarias
  6. Cantabria
  7. Castilla la Mancha
  8. Castilla y León
  9. Cataluña